Micelio

Artículo 4

Modificación Del Artículo 7° Del Decreto Número 2006 De 2008

Decreto 1298 de 2018 · Por el cual se modifica el Decreto número 2006 de 2008.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modificación del artículo 7° del Decreto número 2006 de 2008. Modifíquese el artículo 7° del Decreto número 2006 de 2008, el cual quedará, así: “ Artículo 7°. Funciones de la Secretaría. La Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud tendrá a su cargo el cumplimiento de las siguientes funciones: 7.1 Elaborar las actas de las reuniones de la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud y presentarlas a sus integrantes para aprobación y firma. 7.2 Llevar el archivo de las actas y de la documentación relacionada con las actividades de la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud. 7.3 Elaborar los proyectos de acuerdo de la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud. 7.4 Remitir a las Secretar í as de Educación Departamentales, Distritales y Municipales los conceptos técnicos emitidos por el Grupo Técnico de Apoyo sobre la relación docencia - servicio de los Programas de Educación para el Trabajo y el Desarrollo Humano del Área de la Salud, conforme con lo establecido en el numeral 9.2.3 del artículo 9° del presente decreto. 7.5 Las demás que determine la Comisión Intersectorial para el Talento Humano en Salud”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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