Transitorio. Para efectos de lo dispuesto en el Capítulo 23 del Título 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, las visas expedidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Decreto, así como los permisos de ingreso y permanencia que acreditan la calidad migratoria y conceden el beneficio a la devolución, mantendrán su vigencia por el término de expedición,
Decreto 1495 de 2021 →Vigente
Artículo 2
Transitorio
Decreto 1495 de 2021 · Por medio del cual se sustituye el Capítulo 23 del Titulo 1 Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.