Al recibir el Gobernador ó sus agentes los enseres, etc., de que tratan los dos artículos anteriores, subscribirán un contrato con el Administrador de las Rentas Reorganizadas, comprometiendo al Departamento al pago de las sumas á que asciendan los avalúos, más los intereses al uno por ciento mensual, en caso de demora de cualquier contado, y asegurando el cumplimiento de la obligación con una hipoteca ó garantía que llene el total del avalúo.
Decreto 527 de 1909 →Vigente
Artículo 10
Al Recibir El Gobernador Ó Sus Agentes Los Enseres, Etc
Decreto 527 de 1909 · Por el cual se reglamenta la Ley 8a del presente año sobre descentralización administrativa
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.