Micelio

Artículo 431

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos formales para la detención preventiva. A nadie se podrá detener preventivamente sino en virtud de auto de funcionario competente en que se exprese:

1.

1. El hecho que se investiga en el proceso;

2.

2. Los elementos probatorios allegados sobre la existencia de ese hecho;

3.

3. Su calificación legal y la pena establecida para él, y

4.

4. Los elementos probatorios allegados al proceso en contra de la persona cuya detención se ordena.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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