Micelio

Artículo 2.2.7.4.6

Acceso Público Y Protección De La Información En El Ecoh2

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Acceso Público y Protección de la Información en el ECOH2. La información incluida en el ECOH2 estará disponible al público luego de evaluación y verificación, asegurando así la transparencia y el acceso conforme a la Ley 1712 de 2014 o las normas que la modifiquen o sustituyan. La administración del ECOH2 establecerá mecanismos para salvaguardar la veracidad, integridad y actualización constante de los datos.

Cuando se trate de información confidencial y/o sujeta a derechos de propiedad intelectual, los responsables del registro deberán indicar la naturaleza de dicha información a ECOH2. Lo anterior con el fin de propender por salvaguardar la confidencialidad y la correcta gestión de la información, de acuerdo con la Ley 1712 de 2014, la Ley 1581 de 2012, o normativas que las modifiquen o sustituyan.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1073 de 2015