Son funciones de la División de Estudios Monetarios, Cambiarios y Fiscales: a). Estudiar y analizar el desenvolvimiento de los factores monetarios, cambiarios y fiscales y su incidencia en los programas de desarrollo económico; b). clasificar y estudiar los distintos recursos fiscales de la Nación y analizar su incidencia en el desarrollo económico del país, especialmente en lo que se refiere al financiamiento del gasto público; c). Analizar en forma global, el impacto que sobre el crecimiento económico, el nivel de precios y el empleo tienen las diferentes fuentes y usos de los fondos públicos; d). Promover, elaborar y coordinar estudios en materia de legislación fiscal; e). Las demás que se le señalen o asignen. 2. División de Estudios Macroeconómicos.
Decreto 627 de 1974 →Vigente
Artículo 24
Son Funciones De La División De Estudios Monetarios, Cambiarios Y Fiscales: A)
Decreto 627 de 1974 · por el cual se reestructura el Consejo Nacional de Política Económica y Social y el Departamento Nacional de Planeación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.