Art. 17. Los Guarda-parques enviarán mensualmente á la Secretaría de Guerra y Marina, copia del Cuadro de movimiento de elementos de guerra á que se refiere el artículo 8.°, el cual será examinado por la mencionada Secretaría, comparándolo, al efecto, con el libro respectivo y haciendo las observaciones que crea convenientes.
Decreto 304 de 1882 →Vigente
Artículo 17
, El Cual Será Examinado Por La Mencionada Secretaría, Comparándolo, Al Efecto, Con El Libro Respectivo Y Haciendo Las Observaciones Que Crea Convenientes
Decreto 304 de 1882 · Que reglamenta la Contabilidad de los Parques
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.