Artículo primero. A partir de la fecha del presente Decreto, crease la Zona de Carreteras Nacionales de Chiquinquirá.
Decreto 1207 de 1951 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1207 de 1951 · Por el cual se crea una Zona de Carreteras Nacionales (Sección de Conservación de Carreteras y Puentes)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.