Micelio

Artículo 1

Ley 16 de 1879 · Que ausilia la construcción de un camino al Meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Destinase del Tesoro nacional la suma de ocho mil pesos ($ 8,000) para ausiliar la construcción del camino de herradura de que trata la lei 14 de 1878, espedida por la Asamblea lejislativa del Estado do Boyacá, i que partiendo del distrito de Macana, termine en un punto del Meta dónde este rio sea navegable.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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