Micelio

Artículo 4

° En La Impresión De Las Referidas Publicaciones Deben Conservarse Cierta Estética Y Uniformidad Tipográfica Permanente, En Lo Posible, Y Se Emplearán, En Cuanto Al Diario Oficial , Tipos De Cuerpos 7 Y 8, Y En Casos Especiales, De 10 Y De 12, U Otros Adecuados

Decreto 298 de 1928 · Por el cual se determina el formato en que deben editarse el DIARIO OFICIAL, la GACETA JUDICIAL, los ANALES DEL SENADO y los ANALES DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En la impresión de las referidas publicaciones deben conservarse cierta estética y uniformidad tipográfica permanente, en lo posible, y se emplearán, en cuanto al DIARIO OFICIAL , tipos de cuerpos 7 y 8, y en casos especiales, de 10 y de 12, u otros adecuados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 298 de 1928