Micelio

Artículo 2

Modifícase Los Numerales 4 Y 7 Del Artículo 6

Decreto 4804 de 2010 · por el cual se modifican los requisitos establecidos en el Decreto 2555 de 2010 para la oferta de valores emitidos por entidades extranjeras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifícase los numerales 4 y 7 del artículo 6.11.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010 así: "4. La designación de los agentes que en Colombia recibirán en nombre del emisor y en el de su patrimonio, notificaciones de actuaciones judiciales, en el caso que la jurisdicción establecida sea la colombiana. Teniendo en cuenta que las entidades extranjeras que acrediten los requisitos señalados en los ordinales i, ii, iii, iv, v y vi del numeral 5 del artículo 6.11.1.1.1. del presente decreto se encuentran sujetas a la jurisdicción colombiana, el referido agente será la matriz, filial o subsidiaria de la entidad extranjera que esté domiciliada en Colombia; 7. El orden de prelación para el pago que tendrán los tenedores de los valores emitidos por la entidad extranjera, en el evento de cualquier procedimiento concursal universal que se adelante judicial o extrajudicialmente contra la entidad extranjera";

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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