°. Integración de la Comisión. Modifíquese el artículo 1° del Decreto número 982 de 1999 para actualizar la integración de la Comisión para el Desarrollo Integral de la Política Pública Indígena del departamento del Cauca, el cual quedará así: “ Artículo 1°. La Comisión para el Desarrollo Integral de la Política Pública Indígena del departamento del Cauca estará integrada por
El Ministro del Interior, quien la coordinará.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público.
El Ministro de Justicia y del Derecho.
El Ministro de Defensa Nacional.
El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural.
El Ministro de Salud y Protección Social.
El Ministro de Minas y Energía.
El Ministro de Educación Nacional.
El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
El Director del Departamento Nacional de Planeación.
El Director del Departamento para la Prosperidad Social.
El Director de la Agencia de Desarrollo Rural.
El Director de la Agencia Nacional de Tierras.
El Gobernador del Cauca. Participarán también en la Comisión por parte de las comunidades indígenas un delegado de las siguientes autoridades tradicionales y organizaciones indígenas: 1. Consejo Regional Indígena del Cauca (CRIC). 2. Asociación de Cabildos zona centro Genaro Sánchez. 3. Asociación de Cabildo Juan Tama. 4. Asociación de Cabildos Nasa Cha’cha. 5. Asociación de Cabildos Uka Wes’ nasa chab. 6. Asociación de Cabildos Ozbescac. 7. Asociación de Cabildos Tec’Huendc’a sek khweni (El Peñón), 8. Asociación de Cabildos Uswala Vxich. 9. Asociación de Cabildos Indígenas de la zona Norte (ACIN). 10. Asociación de Cabildos Asiesca. 11. Cabildo Mayor Yanacona. 12. Asociación de Cabildos Nasa uss.
Los Ministros solo podrán delegar en cabeza de los Viceministros, los Directores de las entidades solo podrán delegar en los Subdirectores. Las comunidades indígenas solo podrán delegar a autoridades tradicionales.
El Ministro del Interior, como coordinador de la Comisión, convocará y conformará equipos de trabajo o subcomisiones técnicas integradas por las entidades que tienen competencia sobre los respectivos temas.
Podrá invitarse, adicionalmente, a los representantes de las entidades públicas y privadas que estimen conveniente de conformidad con las temáticas a tratar.