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Artículo 2

Autorízase La Importación De Los Siguientes Artículos Incluidos En La Lista De Prohibida Importación Utilizando Los Derechos Creados Por El Artículo 2° Del Decreto 1830 De 1952: Posición

Decreto 2178 de 1953 · Por el cual se modifica la lista de artículos de prohibida importación, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase la importación de los siguientes artículos incluidos en la lista de prohibida importación utilizando los derechos creados por el artículo 2° del Decreto 1830 de 1952: Posición. Denominación. 45 Hongos comestibles, comprendidas las trufas. 126 Otras preparaciones alimenticias azucaradas, no denominadas ni comprendidas en otra parte. EX-139-b Aceitunas rellenas importadas en barriles. EX-143-A Jugos de frutas de países no tropicales, concentrados, sin alcohol, en envases no acondicionados para la venta al detal. EX-148-b Salsas y condimentos similares distintos de los condimentos concentrados y de los condimentos en polvo. 172-b Cigarros. 403 Otros muebles y partes de muebles, de madera, incluso las mesas de billar: EX-a) Mesas de billar, completas. EX-b) Mesas de billar, completas. 440-a Calendarios. 624 Partes y elementos de flores, de follajes y de frutas artificiales

a)

De materias textiles.

b)

De papel o cartón.

c)

De materias plásticas artificiales, de caucho o de cera.

d)

De otras materias, no denominadas ni comprendidas en otra parte. 673 Artículos para el alumbrado y sus partes o accesorios, de vidrio, no denominados ni comprendidos en otra parte: c) Otros. EX-683-b Piedras sintéticas talladas o trabajadas de otra manera, pero sin montar. 811 Objetos decorativos y de fantasía, para la casa o la oficina, no denominados ni comprendidos en otra parte, de metales comunes, aún con accesorios o partes de otras materias: a) De hierro, fundición o acero. b) De cobre. c) De níquel. d) De aluminio.

e)

De otros metales comunes.

f)

De metales comunes dorados, plateados o enchapados con metales preciosos. 812 Aparatos para el alumbrado y lámparas de cualquier clase, arañas de luces, y sus partes, no denominadas ni comprendidas en otra parte, de metales comunes, aun con accesorios o partes de otras materias: d) Lámparas, lámparas colgantes y arañas de luces, en fundición, lámina o alambre de hierro o acero: 2) Las demás. f) Otros artículos para el alumbrado, de metales comunes: 2) Las demás. 905 Embarcaciones para navegación interior (lagos, canales, ríos, estuarios) para el transporte de pasajeros: a) Con máquina propulsora: 1) Con peso menor de 200 kilos. b) De vela. 940 Organillos, órganos mecánicos y otros instrumentos similares; cajas de música excepto cajas de música completas. EX-976-b Juguetes no mecánicos de carácter educativo. 977 Juegos de sociedad, excepto las bolas para juego de billar, las bolas para ping-pong, las piezas de ajedrez y los traganíqueles. 978 Artículos y aparatos para entretenimiento y diversión; artículos y accesorios para árboles de navidad: b) Los demás. 984 Pipas y cazoletas de pipas. 985 Boquillas para cigarros y cigarrillos; embocaduras, tubos y otras piezas sueltas para pipas y boquillas.

Parágrafo

Los registros para las importaciones de los productos enumerados en el presente artículo, requerirán un depósito de 10% en el Fondo de Estabilización.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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