Micelio

Artículo 3

Nulo Texto Correspondiente A [ Mostrar ] Modificado Artículo 3 Decreto 1944 De 1992 Jurisprudencia [ Mostrar ] Declarada La Nulidad Sentencia Del Consejo De Estado Sentencia 1514 De 1992 Legislación Anterior [ Mostrar ] Artículo 3º Las Operaciones Que Realice El Fondo Nacional De Ahorro En Desarrollo De Lo Previsto En Los Artículos Anteriores, Se Someterán A Las Normas Del Decreto 222 De 1983, En Lo Que Se Refiere A Capacidad Para Contratar, Competencia Para Suscribir Los Contratos, Inhabilidades E Incompatibilidades Y Sujeción A La Ley Colombiana

Decreto 1059 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones reglamentarias sobre el cumplimiento de las funciones del Fondo Nacional de Ahorro

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Nulo

TEXTO CORRESPONDIENTE A

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 3º Las operaciones que realice el Fondo Nacional de Ahorro en desarrollo de lo previsto en los artículos anteriores, se someterán a las normas del Decreto 222 de 1983, en lo que se refiere a capacidad para contratar, competencia para suscribir los contratos, inhabilidades e incompatibilidades y sujeción a la ley colombiana.

En los demás aspectos, cumplirá los requisitos y formalidades que exige la ley pana la contratación entre particulares y, en cuanto a sus efectos, los contratos estarán sujetos a las disposiciones civiles, comerciales o laborales, según su naturaleza, salvo que se trate de contratos administrativos o de contratos en los que se hubiere incluido por el Fondo Nacional de Ahorro la cláusula de caducidad.

Parágrafo

Igual tratamiento tendrán los contratos que celebre el Fondo con sus afiliados para las finalidades y operaciones previstas en los artículos 16, 17 y 18 del Decreto 3118 de 1968, debiendo sujetarse, para la selección de sus respectivos beneficiarios, a los reglamentos de la Junta Directiva de esa entidad. El cumplimiento de estos contratos se garantizará hipotecariamente y con la prenda de las cesantías causadas o que se causen en un futuro a favor de los mutuarios correspondientes.

JURISPRUDENCIA

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1059 de 1983