° Para los programas asociativos de saneamiento básico y de mejoramiento de vivienda en zonas rurales que sean atendidas por la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, la cuantía del Subsidio Familiar de Vivienda no podrá exceder el setenta y cinco por ciento (75%) del costo total del programa. CAPITULO IV Normas transitorias.
Decreto 1273 de 1993 →Vigente
Artículo 7
Para Los Programas Asociativos De Saneamiento Básico Y De Mejoramiento De Vivienda En Zonas Rurales Que Sean Atendidas Por La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero, La Cuantía Del Subsidio Familiar De Vivienda No Podrá Exceder El Setenta Y Cinco Por Ciento (75%) Del Costo Total Del Programa
Decreto 1273 de 1993 · por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 03 de 1991.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.