La prohibición de concurrir a determinados lugares públicos consiste en privar a los intoxicados por el alcohol o por alguna sustancia venenosa, del derecho de concurrir a todos los establecimientos abiertos al público, donde se expendan bebidas alcohólicas y a los lugares donde se considere que se comercia clandestinamente con sustancias narcóticas, o donde las condiciones del ambiente, la índole de las personas que suelen congregarse, etc., pueden impulsarlos a cometer infracciones.
Esta medida puede aplicarse en las mismas condiciones previstas por el artículo anterior.