º. El Gobierno designará un comité especial integrado por cuatro miembros, de composición política paritaria, para redactar los estatutos, que una vez aprobado por el mismo, regirán las actividades del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria y las facultades y deberes de sus distintos órganos.
Los estatutos podrán ser reformados en cualquier tiempo por la Junta Directiva, con la aprobación del Gobierno.
Tanto los estatutos como sus reformas se elavarán a escritura pública, tan pronto como reciban la referida aprobación.