Micelio

Artículo 5

Las Entidades Beneficiadas Con Este Impuesto De Previsión Social Podrán Revisar La Cuenta Especial De Que Trata El Artículo 2°, A Fin De Verificar En Un Periodo Dado El Valor De Lo Recaudado Y Girado

Decreto 3123 de 1966 · Por el cual se reglamenta el artículo 1º de la Ley 4ª de 1966 y se deroga parcialmente una disposición

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 5° Las entidades beneficiadas con este impuesto de previsión social podrán revisar la cuenta especial de que trata el artículo 2°, a fin de verificar en un periodo dado el valor de lo recaudado y girado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3123 de 1966