Micelio

Artículo 2

Decreto 1540 de 1953 · Por el cual se determina el personal, asignaciones y otros gastos para un organismo de salubridad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los gastos que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputarán con cargo a la partida destinada en el Ordinal 35 del artículo único del Decreto número 1067 del presente año, sobre distribución del Presupuesto del Ministerio de Salud Pública para la vigencia en curso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1540 de 1953