Los jefes de División y Sección de Presupuesto de los diferentes Ministerios y Departamentos Administrativos dependientes de la Dirección General del Presupuesto y de común acuerdo con los respectivos ordenadores, deberá distribuir equitativamente los gastos generales dentro de los diferentes conceptos de cada rubro, a fin de que todos los servicios sean atendidos oportunamente. La Contraloría General de la República se abstendrá de refrendar giros cuando observe que un determinado gasto se hace con detrimento de otros servicios, y dará cuenta de ello a la Dirección General del Presupuesto.
Decreto 2608 de 1973 →Vigente
Artículo 30
Los Jefes De División Y Sección De Presupuesto De Los Diferentes Ministerios Y Departamentos Administrativos Dependientes De La Dirección General Del Presupuesto Y De Común Acuerdo Con Los Respectivos Ordenadores, Deberá Distribuir Equitativamente Los Gastos Generales Dentro De Los Diferentes Conceptos De Cada Rubro, A Fin De Que Todos Los Servicios Sean Atendidos Oportunamente
Decreto 2608 de 1973 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.