Micelio

Artículo 9

Decreto 1133 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Hacienda y Crédito Público

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Oficina de Planeación. La Oficina de Planeación está adscrita al despacho del Ministro y le corresponde el ejercicio de las siguientes funciones

1.

Analizar de forma permanente la operación general del Ministerio y proponer las decisiones tendientes a mejorar la calidad de los servicios y el cumplimiento de las funciones asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, optimizando el uso de los recursos disponibles y reduciendo los trámites, con el objetivo de lograr la mayor eficiencia de la entidad.

2.

Elaborar y desarrollar metodologías de planeación en coordinación con las dependencias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y sus organismos adscritos y vinculados.

3.

Coordinar con las diferentes Direcciones Generales del Ministerio la elaboración del Plan General Institucional y realizar el seguimiento a su ejecución.

4.

Capacitar en metodologías de planeación, organización y métodos al personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que así lo requiera.

5.

Elaborar y actualizar en coordinación con las diferentes áreas del Ministerio, los manuales de funciones y de procedimientos necesarios para el buen desarrollo de las actividades del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, buscando la sistematización de los procedimientos.

6.

Establecer políticas sobre calidad y gerencia del servicio.

7.

Coordinar y hacer un constante seguimiento de las actividades de planeación que adelanten las diferentes dependencias del Ministerio.

8.

Diseñar índices e indicadores de eficiencia para la gestión y mantener un sistema estadístico de la ejecución de las diferentes dependencias del Ministerio e informar periódicamente de ello al Secretario General.

9.

Preparar los planes de mediano y largo plazo para el desarrollo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el sector.

10.

Preparar el anteproyecto del presupuesto anual del Ministerio y velar porque los proyectos de inversión del Ministerio surtan el trámite previsto por las normas.

11.

Revisar en coordinación con la Secretaría General del Ministerio las solicitudes de créditos adicionales y de traslados presupuestales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y adelantar su trámite.

12.

Desarrollar y disponer un sistema de control presupuestal permanente al interior de la entidad, que permita calificar el cumplimiento de los programas, tanto del punto de vista de resultados como financiero, en cada una de las dependencias.

13.

Verificar de forma permanente la utilización y desarrollo del Sistema Financiero del Sector Público, y

14.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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