Destinación de los recursos del Fondo. Los recursos del Fondo serán destinados a financiar o cofinanciar:
Los planes, programas y proyectos que tengan fines de interés público y asistencia social y de atención de la gestión integral del riesgo contra incendio, los preparativos y atención de rescates en todas sus modalidades y la atención de incidentes con materiales peligrosos.
Proyectos de los cuerpos de bomberos que hayan sido aprobados por la Junta Nacional de Bomberos, atendiendo a su viabilidad técnica, jurídica, a su pertinencia y a la disponibilidad financiera y operativa, con destino a la implementación de planes y programas de educación de la población en materia de gestión integral del riesgo contra incendio y demás calamidades conexas, capacitación de las unidades bomberiles, e infraestructura física y equipamiento.
Podrá financiar o cofinanciar la creación, funcionamiento y sostenimiento del Registro Único Nacional de Estadísticas de Bomberos.
Implementación y puesta en marcha de la Escuela Nacional y de las Escuelas Regionales de Bomberos.
Los demás que determine la Junta Nacional de Bomberos de Colombia.
(Decreto 527 de 2013, artículo 4°)