Artículo único. A partir de la fecha del presente Decreto quedarán eliminados los siguientes puestos, por no ser necesarios: Cajero-Contador y Médico de la Carretera Troncal Occidental, sector Arjona-Carmen; Ingeniero Interventor de la carretera Bucaramanga-Matanza-Vetas; Topógrafo Dibujante y Dibujante de la carretera Buga-Madroñal-Buenaventura; Ingeniero Jefe y Topografo de la carretera Caldas Amaga Venecia-Bolombolo (sector Caldas-Amagá); Ingeniero Ayudante de la Carretera Caldas-Amagá-Venecia-Bolombolo (sector Venecia-Bolombolo) , Ingeniero Ayudante de la carretera Cartago-Nóvita, encargado del camino industrial a Nóvita; Ingeniero Ayudante de la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera Chaparral-Palmira; Ingeniero Ayudante y Topógrafo de la carretera Estrecho-Balboa; Ingeniero Ayudante y Topógrafo de la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera Popayán-Guapi; Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante y Topógrafo Dibujante de la carretera La Uvita-San Mateo-Cocuy; Ingeniero Jefe y Topógrafo Dibujante de la carretera Miraflores-Garagoa, a partir del día primero de marzo próximo; Ingeniero Administrador, Almacenista Contador y Cajero Pagador de la carretera Neiva-Aipe-Coyaima-Natagaima; Topógrafo, Dibujante y Habilitado, Almacenista de la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera Palermo-Palmira; Ingenieros Primeros y Segundo Ayudantes de la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera-Pasto-Puerto Asis; Ingeniero Primer Ayudante de la carretera Quiña-Campamento-La Unión-EI Rosario; Ingeniero Ayudante de la carretera del Sarare; Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante, Cajero Contador y Almacenista de la carretera de Socotá a empalmar con la vía Socha-San Salvador; Ingeniero Segundo Ayudante de la Comisión de Estudios y Proyectos de la carretera Sonsón-Dorada (sector Dorada-río La Miel); Ingeniero Jefe, Ingeniero Ayudante y Habilitado Almacenista de la carretera Umbita-Villa Pinzón; Ingeniero Ayudante de la Interventoria de las carreteras contratadas con el Departamento del Valle del Cauca, encargado de los trabajos de estudios para la pavimentación de la carretera Palmira-Cartago; Topógrafo Dibujante de la carretera Vélez-Chipatá-La Paz-Santa Helena; Ingeniero Ayudante de 1a carretera-Yolombó-Remedios-Segovia; Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras de Barbosa; Ingeniero Inspector de la Zona de Carreteras de Cali; Ingeniero Ayudante de la carretera Cali-Buenaventura; Ingenieros Ayudantes de la Zona de Carreteras de Cartagena, encargados de los trabajos de las vías Santa Rosa-Cordialidad y Sabanalarga-Manatí; Dibujante de la Comisión de Estudios y Proyectos de la Zona de Carreteras de Florencia y Habilitado Almacenista del Sector La Tagua-Leguízamo, dependiente de esta Zona. Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras de Pamplona. Ingeniero Ayudante de la Zona de Carreteras de Valledupar, encargado de los trabajos de la carretera Cuestecita-Carraipia. Comuníquese y publíquese.
Decreto 667 de 1948 →Vigente
Artículo 1
Decreto 667 de 1948 · Por el cual se suprimen unos puestos en el ramo de Carreteras Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.