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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Justicia Capítulo 38

Decreto 1959 de 1948 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerio de Justicia).

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: MINISTERIO DE JUSTICIA Capítulo 38. Del artículo 290. Para pagar a los Departamentos e Intendencias las sumas que se les adeudan por concepto de traslados de presos nacionales, durante la vigencia fiscal de 1946 $ 65.300.00 Suman los contracréditos $ 65.300.00 Capítulo 26. Al artículo 180-Bis. Para compra de muebles, máquinas de oficina, obras de consulta, elementos de aseo y demás gastos que sean necesarios para las nuevas instalaciones de las oficinas del Ministerio de Justicia y todas las demás dependencias afectadas por los sucesos del 9 de abril del corriente año $ 60.000.00 Capítulo 29. Al artículo 201. Para viáticos y gastos de transporte de los empleados de las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Distrito Judicial, en el año 2.000.00 Al artículo 205. Para viáticos y gastos de transporte de los empleados de las Fiscalías de los Juzgados Superiores, cuando tengan que salir en comisiones oficiales 1.500.00 Capítulo 32 .. Al artículo 225. Para viáticos y gastos de transporte del personal de los Juzgados Superiores de Distrito Judicial, en el año 1.800.00 Suman los Créditos $ 65.300.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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