Prorrogar El Plazo Dispuesto Para La Liquidación De La Empresa Social Delestado Antonio Nariño En Liquidación, Establecido En El Artículo 1° Del Decreto 3870 De2008, Prorrogado Mediante El Artículo 1° Del Decreto 3671 Del 4 De Octubre De 2010, Hastael Treinta Y Uno (31) De Diciembre De 2010
Decreto 4487 de 2010 · por el cual se prorroga el plazo de liquidación de la Empresa Social del Estado Antonio Nariño en Liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Prorrogar el plazo dispuesto para la liquidación de la Empresa Social delEstado Antonio Nariño en Liquidación, establecido en el artículo 1° del Decreto 3870 de2008, prorrogado mediante el artículo 1° del Decreto 3671 del 4 de octubre de 2010, hastael treinta y uno (31) de diciembre de 2010.
Parágrafo
En el evento que los procesos que sustentan la prórroga establecida en elartículo 1° de este decreto, puedan concluirse antes del término señalado, el Liquidadorprocederá al cierre inmediato de la liquidación.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.