Micelio

Artículo 1

Decreto 4873 de 2008 · por el cual se regula una línea de redescuento, con tasa compensada, de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, para el Financiamiento de Programas y Proyectos en Salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . La Financiera de Desarrollo Territorial S.A., Findeter, de conformidad con lo establecido en el

Parágrafo

del literal b) del numeral 3 del artículo 270 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, y en relación con las actividades de que tratan los literales f), 1) y o) del artículo 268 del mismo estatuto, podrá ofrecer una línea de redescuento con tasa compensada en el sector salud, para el financiamiento de programas y proyectos de adquisición, construcción, remodelación, ampliación, dotación, reorganización, rediseño, ajuste y modernización de las redes públicas de prestación de servicios de salud, proyectos de actualización tecnológica y vulnerabilidad sísmica de la infraestructura de salud, siempre y cuando ello se requiera para garantizar su prestación, de acuerdo con el concepto del Ministerio de la Protección Social y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4873 de 2008