Certificación de los Procesos de Formación . Los pueblos indígenas a través de sus estructuras de gobierno propio, en el marco del Sistema Educativo Indígena Propio -SEIP, certificarán los procesos de formación autónoma, de acuerdo con su cosmovisión y tendrán validez en todo el territorio nacional. CAPÍTULO IV Tejidos de sabiduría para la vida
Decreto 481 de 2025 →Vigente
Artículo 37
Certificación De Los Procesos De Formación
Decreto 481 de 2025 · por el cual se reconoce y establece el Sistema Educativo Indígena Propio (SEIP) de los pueblos y comunidades indígenas de Colombia, como Política Pública de Estado y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.