Artículo único. Del saldo en la fecha correspondiente a la suma global apropiada en el actual Presupuesto de Gastos del Ministerio de Obras Públicas, en el Capítulo 115, articulo 1576, "Para gastos de conservación, adicionales y mejoras de la red de Carreteras Nacionales", adiciónase la apropiación de los siguientes ordinales, con las distribuciones parciales que a continuación se indican: CAPÍTULO 115 Articulo 1576 Zona de Carreteras de Pamplona: Ordinal C) $ 80.000.00 Para la carretera Chinácota - Ragonvalia - Herrán 50.000.00 Para la carretera Chinácota - Mecala 30.000.00 Zona de Carreteras de Bucaramánga: Ordinal D) 220.000.00 Para la carretera Bucaramanga - Estación Ferrocarril 120.000.00 Para la carretera Confines - Charala 100.000.00 Zona de Carreteras de Ocaña: Ordinal I) $ 215.000.00 Para gastos Conservación Zona, 170.000.00 Para variante Aeropuerto de Ocaña 45.000.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 1226 de 1951 →Vigente
Artículo 1576
, "para Gastos De Conservación, Adicionales Y Mejoras De La Red De Carreteras Nacionales", Adiciónase La Apropiación De Los Siguientes Ordinales, Con Las Distribuciones Parciales Que A Continuación Se Indican: Capítulo 115 Articulo 1576 Zona De Carreteras De Pamplona: Ordinal C) $ 80
Decreto 1226 de 1951 · Por el cual se distribuye una apropiación (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.