Micelio

Artículo 24

Decreto 2739 de 1991 · por el cual se adecua la estructura de la Comisión Nacional de Valores a su nueva naturaleza de Superintendencia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Régimen Transitorio de la Estructura de la Entidad . La actual estructura de la Comisión Nacional de Valores, sus funciones y planta de personal continuarán vigentes hasta tanto tomen posesión de sus cargos los Superintendentes Delegados que nombre el Presidente de la República y se promulgue el decreto ejecutivo por el cual se determine la nueva planta de personal de la Superintendencia, en el cual se señalarán las denominaciones, número de cargos y grado de remuneración de los mismos. No obstante lo anterior, a partir de la vigencia del presente Decreto, el Superintendente de Valores ejercerá las funciones a que se refiere el artículo 3º del presente Decreto, incluyendo aquellas que de acuerdo con el artículo 6º del Decreto 831 de 1980 y demás disposiciones legales, correspondían a la Sala General de la Comisión Nacional de Valores. Igualmente y mientras no tomen posesión de sus cargos las personas que el Presidente de la República nombre como Superintendentes Delegados, el Superintendente de Valores ejercerá las funciones que a dichos funcionarios atribuye el presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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