Micelio

Artículo 7

Para La Vigencia De Estas Obras Cada Departamento Designará De Acuerdo Con La Dirección General De Lazaretos, Una Junta Compuesta De Tres Enfermos, Honorables, Asilados En El Establecimiento Donde Vayan A Llevarse A Cabo Esos Trabajos

Decreto 448 de 1924 · Por el cual se reglamenta el artículo 7º de la Ley 86 de 1923, sobre impuestos de sanidad para los Lazaretos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Para la vigencia de estas obras cada Departamento designará de acuerdo con la Dirección General de Lazaretos, una Junta compuesta de tres enfermos, honorables, asilados en el establecimiento donde vayan a llevarse a cabo esos trabajos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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