La Dirección Nacional de Higiene y Asistencia Pública, de acuerdo con lo dispuesto en el Ley 46 de 1919 , reglamentara las estadísticas nosológicas y demográficas del país. Todas las autoridades de la República estarán en la obligación de cumplir lo dispuesto por esta Dirección sobre la materia.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.