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Artículo 1.2.1.12.8

Decreto 1435 de 2020 · Por el cual se reglamentan los artículos 27,46, 55, 119, 206, 206-1,235 - 2, literal e) del parágrafo 5 del artículo 240, 330, 331, 332, 333, 335 Y 336 del Estatuto Tributario y se modifica el Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modificación del inciso 2 del artículo 1.2.1.12.8. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria. Modifíquese el inciso 2 del artículo 1.2.1.12.8. del Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, así: "La persona natural deberá declarar las sumas de que trata el presente artículo en la cédula general y corresponderá a una renta de trabajo el apoyo económico otorgado en razón a una relación laboral, legal y reglamentaria. En caso contrario el apoyo económico corresponderá a una renta no laboral."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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