Micelio

Artículo 13

Obligaciones De Los Proveedores Tecnológicos

Decreto 2242 de 2015 · por el cual se reglamentan las condiciones de expedición e interoperabilidad de la factura electrónica con fines de masificación y control fiscal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Obligaciones de los Proveedores Tecnológicos . Los proveedores tecno­lógicos que ofrezcan servicios de facturación electrónica deberán como mínimo, prestar a los obligados a facturar y/o al adquirente los servicios de facturación electrónica con­tratados, cumpliendo en la facturación las disposiciones de este decreto y las condiciones de operatividad tecnológica que establezca la DIAN.

Parágrafo

En todo caso, el obligado a facturar electrónicamente y el adquirente son los responsables ante la DIAN por las obligaciones que como tales les corresponden.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2242 de 2015