°. Las Oficinas de Información de Londres, París y Barcelona tendrán las mismas, funciones señaladas á las de Nueva York y Hamburgo por los Decretos citados en el artículo 1.° del presente Decreto, y deberán formar con especial cuidado colecciones de los artículos de comercio de mayor consumo en Colombia para exhibirlos y obtener por este medio una producción más barata y mejores precios para nuestros mercados, y exhibirán además muestras de nuestros productos agrícolas y minerales para hacer conocer el país y sus riquezas, con el objeto de atraer á él los capitales que puedan explotarlas con provecho para la República. Con éste fin se establecerá en Bogotá una oficina encargada especialmente de formar colecciones de muestras de minerales y demás productos naturales de nuestro suelo para que se exhiban en las Oficinas colombianas de Información en Nueva York, Hamburgo, Londres, París y Barcelona.
Decreto 973 de 1907 →Vigente
Artículo 4
Las Oficinas De Información De Londres, París Y Barcelona Tendrán Las Mismas, Funciones Señaladas Á Las De Nueva York Y Hamburgo Por Los Decretos Citados En El Artículo 1
Decreto 973 de 1907 · Sobre creación de varias oficinas de Información en el extranjero
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.