Micelio

Artículo 1

Fíjase La Siguiente Proporción En Que Debe Distribuirse El Impuesto De Industria Y Comercio A La Capacidad Eléctrica Instalada En La Central Hidroeléctrica Río Grande, Entre Los Municipios Afectados Por Esta Obra, Así: Nombre De La Central Municipios Afectados Por La Construccion Distribucion De Afectacion Porcentaje Kilovatios Instalados Central Hidroeléctrica Río Grande Don Matías Río 100% 19

Decreto 3987 de 2008 · por el cual se fija la proporción en que debe distribuirse entre los municipios afectados, el Impuesto de Industria y Comercio que corresponde pagar a la Central de Generación Hidroeléctrica Río Grande.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Fíjase la siguiente proporción en que debe distribuirse el Impuesto de Industria y Comercio a la capacidad eléctrica instalada en la Central Hidroeléctrica Río Grande, entre los Municipios afectados por esta obra, así: NOMBRE DE LA CENTRAL MUNICIPIOS AFECTADOS POR LA CONSTRUCCION DISTRIBUCION DE AFECTACION PORCENTAJE KILOVATIOS INSTALADOS Central Hidroeléctrica Río Grande Don Matías Río 100% 19.000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3987 de 2008