°. A partir del 1° de enero de 2016, reajústase el valor de la bonificación de actividad judicial de que tratan los Decretos 3131 y 3382 de 2005, así: En las mismas condiciones, tendrán derecho a percibir esta bonificación de actividad judicial, los Procuradores Judiciales I que desempeñen el cargo y que actúen de manera permanente como Agentes del Ministerio Público ante los servidores que ocupan los empleos señalados en este artículo.
Artículo 1
A Partir Del 1° De Enero De 2016, Reajústase El Valor De La Bonificación De Actividad Judicial De Que Tratan Los Decretos 3131 Y 3382 De 2005, Así: En Las Mismas Condiciones, Tendrán Derecho A Percibir Esta Bonificación De Actividad Judicial, Los Procuradores Judiciales I Que Desempeñen El Cargo Y Que Actúen De Manera Permanente Como Agentes Del Ministerio Público Ante Los Servidores Que Ocupan Los Empleos Señalados En Este Artículo
Decreto 240 de 2016 · por el cual se reajusta la bonificación de actividad judicial para jueces y fiscales.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.