Micelio

Artículo 2

Las Sumas Asignadas En El Artículo Anterior Serán Entregadas Al Representante Legal De La Institución Por Consueto De La Tesorería De La Respectiva Intendencia O Comisaria Y Dichos Representantes, Además De Las Cuentas Comprobadas Que Están Obligados A Rendir A La Contraloría General De La República, Deberán Cumplir Con Todas Las Disposiciones Legales Que Rigen Las Instituciones De Utilidad Común , Y Caso De No Hacerlo, El Ministerio De Higiene, Dictará La Resolución De Traslados, De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Artículo 51 De La Ley 84 De 1937

Decreto 988 de 1949 · Por el cual se distribuye una partida destinada a la Asistencia Pública y se dictan normas sobre su pago

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Las sumas asignadas en el artículo anterior serán entregadas al representante legal de la institución por consueto de la Tesorería de la respectiva intendencia o comisaria y dichos representantes, además de las cuentas comprobadas que están obligados a rendir a la Contraloría General de la República, deberán cumplir con todas las disposiciones legales que rigen las instituciones de utilidad común , y caso de no hacerlo, el Ministerio de Higiene, dictará la resolución de traslados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley 84 de 1937. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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