Artículo único . Créase en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para iniciar los trabajos preliminares de los censos de población, vivienda y agropecuario, que deberán efectuarse en los años de 1959 y 1960, la División de Zonificación Censal, con el personal y asignaciones siguientes: División de Zonificación Censal: 1 Jefe de División, a $ 1.200.00 mensuales $ 1.200.00 1 Mecanotaquígrafa, a $ 350.00 mensuales 350.00 1 Oficial de Kárdex, a $ 350.00 mensuales 350.00 Sección de Zonificación: 1 Jefe de Sección, a $ 850.00 mensuales 850.00 1 Mecanotaquígrafa, a $ 350.00 mensuales 350.00 Grupo I - Dibujo de Sectorización: 1 Jefe de Grupo, a $ 700.00 mensuales 700.00 2 Cartógrafos de primera, a $ 650.00 mensuales cada uno 1.300.00 6 Cartógrafos de segunda, a $ 550.00 mensuales cada uno 3.300.00 5 Cartógrafos de tercera, a $ 450.00 mensuales cada uno 2.250.00 2 Visitadores Cartógrafos, a $ 600.00 mensuales cada uno 1.200.00 2 Calculistas a $ 500.00 mensuales' cada uno 1.000.00 1 Mensajero, a $ 200.00 mensuales 200.00 Grupo II Investigaciones Geográfico - Económicas: 1 Jefe de Grupo, a $ 700.00 mensuales 700.00 2 Investigadores Geógrafos, a $ 600.00 mensuales cada uno 1.200.00 1 Revisor Mayor, a $ 600.00 mensuales 600.00 3 Revisores Primeros, a $ 500.00 mensuales cada uno 1.500.00 7 Revisores Segundos, a $ 450.00 mensuales cada uno 3.150.00 6 Revisores Terceros, a $ 400.00 mensuales cada uno 2.400.00 1 Operador del Heliógrafo, a $ 400.00 mensuales 400.00 1 Oficial de Copia, a $ 270.00 mensuales 270.00 1 Mensajero, a $ 200.00 mensuales 200.00 Comuníquese y publíquese.
Decreto 536 de 1957 →Vigente
Artículo 1
Decreto 536 de 1957 · Por el cual se crean unos cargos en el Departamento Administrativo Nacional de Estadística
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.