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Artículo 2

Acto_legislativo 3 de 1905 · ACTO LEGISLATIVO 3 DE 1905, 30/03/1905, Reformatorio de la Constitución, sobre división general del territorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Podrá también segregar Distritos municipales de los Departamentos existentes ó de los que se formen, para organizarlos ó administrarlos con arreglo á leyes especiales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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