Las demás peticiones o reclamaciones cuyo conocimiento y decisión de acuerdo con la Ley 443 de 1998 corresponde a las Comisiones de Personal o a las Comisiones del Servicio Civil se formularán, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la acción u omisión violatoria de las disposiciones legales o reglamentarias que regulan la carrera administrativa.
Artículo 54
Las Demás Peticiones O Reclamaciones Cuyo Conocimiento Y Decisión De Acuerdo Con La Ley 443 De 1998 Corresponde A Las Comisiones De Personal O A Las Comisiones Del Servicio Civil Se Formularán, Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes A La Ocurrencia De La Acción U Omisión Violatoria De Las Disposiciones Legales O Reglamentarias Que Regulan La Carrera Administrativa
Decreto 1568 de 1998 · por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.