Micelio

Artículo 54

Las Demás Peticiones O Reclamaciones Cuyo Conocimiento Y Decisión De Acuerdo Con La Ley 443 De 1998 Corresponde A Las Comisiones De Personal O A Las Comisiones Del Servicio Civil Se Formularán, Dentro De Los Cinco (5) Días Hábiles Siguientes A La Ocurrencia De La Acción U Omisión Violatoria De Las Disposiciones Legales O Reglamentarias Que Regulan La Carrera Administrativa

Decreto 1568 de 1998 · por el cual se dicta el régimen procedimental especial de las actuaciones administrativas que deben surtirse ante y por los organismos y autoridades que conforman el Sistema Nacional de Carrera Administrativa y de la Función Pública.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las demás peticiones o reclamaciones cuyo conocimiento y decisión de acuerdo con la Ley 443 de 1998 corresponde a las Comisiones de Personal o a las Comisiones del Servicio Civil se formularán, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la ocurrencia de la acción u omisión violatoria de las disposiciones legales o reglamentarias que regulan la carrera administrativa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1568 de 1998