Articulo 4º La Corporación Financiera del Transporte dará prioridad en el otorgamiento del crédito, a la reposición de vehículos para taxi urbano y rural en favor de propietarios que hubieren sido afectados por el sismo de marzo de 1983.
Decreto 2693 de 1983 →Vigente
Artículo 4
La Corporación Financiera Del Transporte Dará Prioridad En El Otorgamiento Del Crédito, A La Reposición De Vehículos Para Taxi Urbano Y Rural En Favor De Propietarios Que Hubieren Sido Afectados Por El Sismo De Marzo De 1983
Decreto 2693 de 1983 · Por el cual se dictan disposiciones tendientes a facilitar y ejecutar los programas de reconstrucción y desarrollo de Popayán y el Departamento del Cauca
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.