Micelio

Artículo 76

Para El Otorgamiento De Rutas Y Horarios, Ya Sea Por Contrato De Concesión O Por Permiso, Se Requiere Actualizar La Documentación Respectiva Y Allegar Los Siguientes Datos: A

Decreto 1393 de 1970 · Por el cual se expide el Estatuto Nacional del Transporte Terrestre Automotor

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para el otorgamiento de rutas y horarios, ya sea por contrato de concesión o por permiso, se requiere actualizar la documentación respectiva y allegar los siguientes datos

a)

Última relación certificada del parque automotor;

b)

Croquis de la ruta, con indicación de la distancia, tiempos de viaje, calidad y características de las vías y los lugares de estacionamiento, y

c)

Horarios solicitados determinando hora de paso por poblaciones intermedias importantes, tiempo de demora en los sitios destacados para tal fin.

Parágrafo

Cuando las rutas y horarios se otorguen por permiso, en la misma providencia que autoriza la licencia de funcionamiento se podrá hacer tal asignación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1393 de 1970