Micelio

Artículo 12

El Parágrafo 2° Del Artículo 169 Del Decreto 2666 De 1984, Modificado Por El Artículo 36 Del Decreto 755 De 1990, Quedará Así: “el Levante De Las Mercancías Se Descargará Del Manifiesto O Sobordo Respectivo

Decreto 1622 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de Aduanas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 12. El

Parágrafo 2

del artículo 169 del Decreto 2666 de 1984, modificado por el artículo 36 del Decreto 755 de 1990, quedará así: “El levante de las mercancías se descargará del manifiesto o sobordo respectivo. Las mercancías se entregarán al declarante en las mismas condiciones en que fueron recibidas del transportista o su representante, teniendo en cuenta las salvedades hechas en el momento de su recepción por la Administración de Aduana, y no habrá lugar a reclamo alguno por razones vinculadas a la condición o cantidad de las mercancías, una vez se produzca el retiro de éstas desde los recintos de almacenamiento bajo control aduanero”.

Parágrafo 2

Artículo 169 DECRETO 2666 de 1984

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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