Micelio

Artículo 20

Decreto 219 de 2000 · Por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Desarrollo Económico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Integración del Consejo Consultivo-Asesor de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potabl e. El Consejo Consultivo-Asesor de Desarrollo Urbano, Vivienda Social y Agua Potable estará integrado por: El Ministro de Desarrollo Económico o el Viceministro, quien lo presidirá El Ministro de Salud o su delegado El Ministro del Medio Ambiente o su delegado El Director del Departamento Nacional de Planeación o su delegado. Los Superintendentes y los Presidentes, Gerentes o Directores de los Organismos Adscritos y vinculados al Ministerio que desarrollen funciones relativas a la vivienda social, desarrollo urbano y agua potable y saneamiento básico. Cuatro (4) representantes de las asociaciones gremiales del sector privado vinculadas a la vivienda social y al agua potable y saneamiento básico con sus respectivos suplentes. El Director de Desarrollo Territorial y Urbano será el Secretario Técnico del Consejo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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