Artículo primero . Apruébase el Acuerdo número 04 de1º de diciembre de 1981, expedido por el Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, cuyo texto es el siguiente: « ACUERDO NUMERO 04 DE 1981 (diciembre 1º) por el cual se aprueba una extensión de cobertura y se crea una Unidad Programática de Naturaleza Especial en el Municipio de Leticia, Intendencia, del Amazonas. El Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios, en uso de sus facultades legales y en especial las conferida por el artículo 43, literales a) y c) del Decreto-ley 1650 de 1977, y CONSIDERANDO: Que la Junta Administradora del Instituto de Seguros, Sociales por medio del Acuerdo número 196 de noviembre 24 de 1981, aprobó la extensión y creación de una . Unidad Programática de Naturaleza Especial en el Municipio de Leticia, Intendencia del Amazonas; Que el Ministerio de Salud y la Superintendencia de Seguros de Salud, expresaron concepto favorable del proyecto ACUERDA:
Decreto 231 de 1982 →Vigente
Artículo 43
, Literales A) Y C) Del Decreto-Ley 1650 De 1977, Y Considerando: Que La Junta Administradora Del Instituto De Seguros, Sociales Por Medio Del Acuerdo Número 196 De Noviembre 24 De 1981, Aprobó La Extensión Y Creación De Una
Decreto 231 de 1982 · Por el cual se aprueba un Acuerdo del Consejo Nacional de Seguros Sociales Obligatorios
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.