º Menciones obligatorias de boletería. La boleta que acredite la participación en una rifa, deberá contener las siguientes menciones obligatorias
Nombre y dirección de la persona responsable de la rifa, que será la titular del respectivo permiso.
La descripción, marca comercial y, si es posible, el modelo, de los bienes en especie que constituyen cada uno de los premios.
El número o números que distinguen la respectiva boleta.
El nombre de la lotería y la fecha del sorteo con el cual se determinarán los ganadores de la rifa.
El sello de autorización de la Alcaldía respectiva.
El número y fecha de la resolución mediante la cual se autoriza la rifa.
El valor de la boleta.