Control de tráfico de armas en zonas rurales . El Ministerio del Interior, en coordinación con las demás entidades que conforman el Comité de Coordinación Nacional para la Prevención, Combate y Erradicación del Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y Ligeras, brindarán apoyo a las entidades territoriales para formular estrategias de control de armas en zonas rurales. El Ministerio de Justicia y del Derecho, a través de las Casas de Justicia u otros mecanismos en las entidades territoriales, apoyará en la difusión de las iniciativas, en la recepción y trámite de denuncias y en la implementación de estrategias de sensibilización a la comunidad acerca del uso responsable de armas de fuego.
Decreto 1066 de 2015 →Vigente
Artículo 2.4.3.5.2.2
Control De Tráfico De Armas En Zonas Rurales
Decreto 1066 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo del Interior.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.