Micelio

Artículo 24

Decreto 898 de 2017 · “Por el cual se crea al interior de la Fiscalía General de la Nación la Unidad Especial de Investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas criminales responsables de homicidios y masacres, que atentan contra defensores/as de derechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten contra las personas que participen en la implementación de los acuerdos y la construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales que hayan sido denominadas como sucesoras del paramilitarismo y sus redes de apoyo, en cumplimiento a lo dispuesto en el punto 3.4.4 del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, se determinan lineamientos básicos para su conformación y, en consecuencia, se modifica parcialmente la estructura de la Fiscalía General de la Nación, la planta de cargos de la entidad y se dictan otras disposiciones”.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo. 24 . Presupuesto de la Unidad Especial de Investigación. Para garantizar su desempeño con altos estándares de eficiencia, se dispondrá de recursos y presupuesto suficientes para su funcionamiento. La financiación para el funcionamiento de la Unidad provendrá del Presupuesto General de la Nación y de la cooperación internacional. La partida que el gobierno colombiano aporte a estos efectos será de obligatoria inclusión en el presupuesto anual de la Fiscalía General de la Nación que será sometido a la aprobación del Congreso y de destinación específica para la Unidad. Los recursos se ejecutarán según el plan que establezca su Director/a, sin perjuicio de los controles establecidos legalmente. La Unidad podrá solicitar fondos extraordinarios al Estado o a la cooperación internacional y en este último caso podrá negociar y recibir fondos internacionales para su funcionamiento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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