Micelio

Artículo 2

Integración

Decreto 4181 de 2007 · por el cual se crea la Comisión Intersectorial para el Avance de la Población Afrocolombiana, Palenquera y Raizal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Integración . La Comisión Intersectorial para el Avance de la Población Afrocolombiana, Palenquera y Raizal estará conformada por

a)

El Vicepresidente de la República, quien la preside;

b)

El Ministro del Interior y de Justicia;

c)

El Ministro de Relaciones Exteriores;

d)

El Ministro de la Protección Social;

e)

La Ministra de Cultura;

f)

La Directora del Departamento Nacional de Planeación;

g)

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública;

h)

El Alto Consejero para la Acción Social y la Cooperación Internacional;

i)

El Director del Programa Presidencial de Promoción, Respeto y Garantía de los Derechos Humanos y de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario;

j)

El Director de Etnias del Ministerio del Interior y de Justicia, o quien haga sus veces.

Parágrafo 1

Los miembros de la Comisión sólo podrán delegar su representación en los Viceministros y en el Subdirector General de Planeación.

Parágrafo 2

A las sesiones de la Comisión asistirán como invitados permanentes un Representante de la Bancada Afrocolombiana en el Congreso Colombiano, un Representante de la Comisión Consultiva de Alto Nivel Afrocolombiano, un Representante de los Gremios, un Representante de la Asociación de Municipios Afrocolombiana, Amanufro, y un Representante de la Academia; así mismo, cuando su presencia sea requerida en función de los temas a tratar, la Comisión podrá invitar otros servidores públicos, autoridades regionales, representantes de organismos, gremios y agremiaciones afrocolombianas del sector privado nacionales e internacionales. El representante de los gremios y el representante de la academia serán designados por el Vicepresidente de la República.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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