Micelio

Artículo 13

Los Establecimientos Públicos Están Obligados A Mantener Al Día Su Contabilidad Presupuestad La

Decreto 3454 de 1980 · Sobre liquidación del Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y de Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1981

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Establecimientos Públicos están obligados a mantener al día su contabilidad presupuestad la .cual debe reflejar el monto de las apropiaciones, los acuerdos de obligaciones, los acuerdos mensuales de .ordenación de gastos y los giros que se libren contra tales apropiaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3454 de 1980